SOBRE LA FARSA DE JUICIO EL CASO TARATA

¿CÓMO Y CUÁNDO NACIÓ ESTE PROCESO?

Aquí presentamos cuatro documentos del 2005 al 2007 que muestran los intereses del Estado peruano por escarmentar y desprestigiar a los revolucionarios e impedir la libertad de los dirigentes que ya iban a cumplir su condena, pese a las evidencias claras que el propio Ministerio público, en una primera instancia, cogió declarando no ha lugar al pedido de ampliación de instrucción contra los dirigentes del PCP en caso Tarata. 

Estos son los antecedentes que llevaron a la acusación fiscal con la que se lleva adelante la actual farsa de juicio para imputar narcotráfico, lesa humanidad, secuestro, y así condenar a todos los dirigentes a cadena perpetua para que nunca salgan de prisión. Su temor cerval al pueblo y la revolución lleva a los reaccionarios a la persecución eterna contra los comunistas. No les tememos, los enfrentamos y desenmascaramos en esta farsa de juicio en defensa de los derechos fundamentales del pueblo, en especial su primordial derecho a hacer la revolución frente a la injusticia, miseria y explotación.

Documentos:


1. Pedido de ampliación hecho por el Procurador 

Este primer documento es el pedido de ampliación hecho por el Procurador. Los subrayados y resaltados son nuestros (errores son del original).

2. “NO HA LUGAR” ARCHIVO DEFINITIVO”

Este segundo documento demuestra la falsedad de la denuncia del Procurador y desbarata la farsa de juicio que ha fabricado el Estado peruano contra los dirigentes del PCP. 

Por la Resolución de la propia Fiscalía, queda clarísimo que lo de Tarata fue un hecho no planificado, “circunstancia particular” o fortuita, “que, está acreditado que los órganos Regionales y/o principales …. establecían sus objetivos a siniestrar … con absoluta libertad y autonomía”, que el procesado dice que al plantear Dirección de SL “se refería al “COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA ZONA CENTRO”” y no al Comité Central, “que en los debates orales no se ha encontrado responsabilidad [en]. … el Comité Central encabezado por Abimael Guzmán Reinoso”, “que se evidenciaría que en el atentado con coche bomba perpetrado en la calle Tarata en el distrito de Miraflores, no habría sido dirigido ni ordenado por el Comité Central” y por tanto la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial “RESUELVE: NO HA LUGAR FORMALIZAR DENUNCIA PENAL contra RUBÉN MANUEL ABIMAEL GUZMÁN REYNOSO © “GONZALO”, […]”

El juicio por caso Tarata ya se cumplió y fueron condenados los responsables. El juicio actual es un montaje fabricado por el Estado, una farsa de juicio, para desprestigiar y difamar, contra los dirigentes revolucionarios marxista-leninista-maoístas, pensamiento gonzalo del Comité Central del Partido Comunista del Perú.

3. Queja del Procurador ante el desbaratamiento de su acusación por parte de la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial

Este tercer documento es la Queja del Procurador ante el desbaratamiento de su acusación por parte de la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial. Aquí el Procurador coge el derecho penal del enemigo, de Roxin, soslayando el carácter político del PCP, torciendo y forzando la realidad para hacer calzar su perversa imputación. Su único afán es condenar por autoría mediata, negándose a ver que lo de Tarata fue un hecho fortuito, no planificado, tal como estableció el juicio y la sentencia a los autores de ese lamentable hecho.

4. Respuesta fiscal a la queja de Procuraduría

El cuarto documento es la respuesta fiscal a la queja de Procuraduría y que es admitida en parte, dando 50 días de plazo para investigar. Recién aquí disponen notificar a los investigados. Aquí se reconoce que “no se ha recabado las declaraciones indagatorias de todos los involucrados; quebrantándose su ejercicio legítimo al derecho de defensa”; por tanto es un reconocimiento de que se ha violado el debido proceso. Este documento ya expresa la posición del Estado a través de la Tercera Fiscalía Superior Penal Nacional de montar la farsa de juicio para sancionar por autoría mediata a como dé lugar, sabiendo que la Dirección del PCP nunca planificó ni dispuso la acción de Tarata.